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14 de noviembre de 2024 a las 17:14 #11011
Constanza Torres
ParticipanteBuenas tardes!
Muchas gracias por la oportunidad de compartir conocimiento de alto valor.Saludos desde Argentina!
14 de noviembre de 2024 a las 17:02 #11009Constanza Torres
ParticipanteBuenas tardes!
La definición de animal, impacta en la ética desde todos los puntos y funciones que tenemos en común, pero sobre todo, desde el escalón donde juzgamos y establecemos que el animal es inferior al ser humano.
Tanto el ser humano, como el ser animal, poseen capacidad de cognición, comportamientos complejos, capacidad para la toma de decisiones, emociones, capacidad de adaptación, percepción del mundo que habitamos, entendimiento del rol que ocupamos en nuestra sociedad/ manada, capacidad reproductora, entre muchos más.. la ética en esta instancia nos llevara a intentar valorar y redefinir nuestras conductas y vínculos para con los animales.
14 de noviembre de 2024 a las 16:52 #11008Constanza Torres
ParticipanteBuenas tardes!
Desde una perspectiva no-antropocéntrica, no se centra al ser humano como único ser con valor y derechos, sino que es una suerte de integración con las demás especies, esto provoca un impacto transformador en el trato hacia los animales, donde los integra, los reconoce y se les reconoce su sintiencia, de esta forma se podría entender que esta perspectiva garantizaría a los animales un cambio en las practicas productivas, las cuales minimicen su sufrimiento, podría impulsar ciencia a favor del bienestar animal, generaría consciencia y sensibilización social y sin dudas se redefiniría el vinculo humano- animal.
14 de noviembre de 2024 a las 16:04 #11007Constanza Torres
ParticipanteBuenas tardes!
En referencia a la Ley de Protección Animal(Ley Nacional Nº 14.346 – Argentina), puedo mencionar como «innovación» el reconocimiento a los animales como sujetos de derecho, entendiendo que son seres capaces de sentir dolor, por lo tanto son meritorios de protección, al mismo tiempo que se establece una serie de sanciones penales para quienes infrinjan esta ley.Si bien tener en nuestro territorio una Ley Nacional, sin dudas marca una diferencia y un precedente en materia de derecho animal, aunque son amplias las limitaciones que esta posee, tales como, que no todos los animales están alcanzados por esta normativa, considerando únicamente a los animales domésticos, dejando por fuera animales silvestres (los cuales son altamente cosificados y traficados), además las sanciones resultan ser demasiado leves/ insuficientes, por ultimo la aplicación de esta Ley no resulta del todo sencilla, el exceso de burocratización desalienta su empleo.
7 de noviembre de 2024 a las 21:47 #10933Constanza Torres
ParticipanteUN gran abrazo desde Argentina! Gracias por la posibilidad de abrir conocimiento democrático para todas y todos.
22 de agosto de 2024 a las 05:19 #9628Constanza Torres
ParticipanteBuenas noches desde Argentina! Muchisimas gracias por la oportunidad!
22 de agosto de 2024 a las 05:16 #9627Constanza Torres
ParticipanteBuenas noches! Saludos desde Argentina. Emocionada por participar de esta increíble formación. Muchísimas gracias por la oportunidad. Saludos!
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