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DanielFernandez.
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22 de septiembre de 2024 a las 16:57 #10421
María Ignacia Gonzalez Veliz
ParticipanteEn Chile se encuentra la ley n° 20.380 sobre la protección de animales impartida en el año 2009
Link para que la revisen: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1006858
Esta ley identifica a los animales como parte de la naturaleza, como seres vivientes y sintientes, por lo que merecen un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios. Va tanto para los animales domésticos como silvestres.
Se preocupa de velar por que los dueños le otorguen un buen cuidado, traslado libre de maltratos, experimentación que evite lo más posible su perjuicio, y en cuanto a el beneficio y sacrificio evitarles sufrimientos innecesarios.
Innovación: En esta ley se incluye el inculcar a la educación el respeto y la protección a los animales como seres vivientes y sensibles, además de que prontamente se van a añadir incisos en los que se prohíbe la experimentación y prueba en animales para productos cosméticos, higiene o cuidado personal, además que ya estará prohibido que hayan ingredientes de origen animal (solo en unos casos concretos se podrán incluir)
Limitaciones: No excluye la experimentación con fines científicos, detectar fenómenos, intervenciones quirúrgicas y estudiar y conocer su comportamiento; si bien menciona que se haga en condiciones adecuadas y profesionales en las que se mitigue lo más posible su sufrimiento igual están ahí esas prácticas. También excluye la protección de maltrato a deportes que participan animales como lo son el rodeo, corridas de vaca, movimiento a la rienda y deportes ecuestres, mencionando que ellos operarán con sus propios reglamentos, lo cual me parece que es una importante área a tener en cuenta respecto al maltrato animal.14 de noviembre de 2024 a las 16:04 #11007Constanza Torres
ParticipanteBuenas tardes!
En referencia a la Ley de Protección Animal(Ley Nacional Nº 14.346 – Argentina), puedo mencionar como «innovación» el reconocimiento a los animales como sujetos de derecho, entendiendo que son seres capaces de sentir dolor, por lo tanto son meritorios de protección, al mismo tiempo que se establece una serie de sanciones penales para quienes infrinjan esta ley.Si bien tener en nuestro territorio una Ley Nacional, sin dudas marca una diferencia y un precedente en materia de derecho animal, aunque son amplias las limitaciones que esta posee, tales como, que no todos los animales están alcanzados por esta normativa, considerando únicamente a los animales domésticos, dejando por fuera animales silvestres (los cuales son altamente cosificados y traficados), además las sanciones resultan ser demasiado leves/ insuficientes, por ultimo la aplicación de esta Ley no resulta del todo sencilla, el exceso de burocratización desalienta su empleo.
8 de mayo de 2025 a las 22:22 #12466DanielFernandez
ParticipanteSoy de México y la primera ley que estableció una forma concreta de protección animal a nivel federal fue la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, promulgada en 2002, aunque previamente ya existían disposiciones dispersas en códigos civiles y penales. Esta ley marcó un avance importante al reconocer a los animales como seres sintientes y establecer sanciones por maltrato, aunque todavía hay muchas brechas en su aplicación y no tiene alcance nacional en todos los estados.
En cuanto a la ley argentina, me parece innovadora para su época, especialmente por reconocer al animal como víctima directa, lo cual es muy progresista para 1954. Sin embargo, uno de sus límites es que depende mucho del accionar judicial y no está plenamente integrada con políticas públicas de bienestar animal.
Ah, y aunque suene fuera de lugar… estoy escribiendo esto desde casa, acompañado por mi gato rescatado y con mis tenis blancos, que son testigos fieles de cada paseo al refugio.
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