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- Este debate tiene 16 respuestas, 11 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 3 semanas, 1 día por Constanza Torres.
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7 de agosto de 2024 a las 20:31 #8920Micaela AnzoáteguiModerador
En Argentina existe la Ley de Protección Animal: Ley Nacional N.º 14.346, sancionada el 28 de diciembre de 1954, donde aparece la idea de animal como víctima y por tanto, sujeto de derecho.
a)Leer atentamente la ley ¿Cuál es su innovación y sus límites?
b)Para quienes no son de Argentina: Rastrear la primera ley de sus propios países que incluya alguna forma de protección animal y compartir una breve síntesis.
16 de agosto de 2024 a las 00:53 #9386Rosa PrinzioParticipanteInnovaciones: se les reconoce a muchas especies la capacidad de sufrir y se penalizan actos de crueldad y mal trato hacia ellos.
Limites: la Ley no abarca todas las formas de maltrato, como por ejemplo la explotación de aquellas especies que son “utilizadas” para consumo, la tracción a sangre, el uso de animales para espectáculos, etc.16 de agosto de 2024 a las 03:54 #9395Pablo MessaParticipantehttps://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-14346-153011/texto
Comparto la Ley N.º 14.346 de 1954. Aunque podría extenderme en enumerar sus incumplimientos y carencias, considero que su lectura es muy interesante y valiosa.
Es evidente que la ley prohíbe numerosas prácticas que, a lo largo del tiempo, han sido objeto de debate y algunas han sido desalentadas. Sin embargo, aún queda mucho por hacer. A menudo vemos cómo se justifican maltratos, abusos y la explotación de los animales en nombre de la «cultura argentina», las destrezas gauchas, como las jineteadas, las carreras cuadreras, los rodeos y otras actividades similares.
Los hábitos alimenticios y la falsa información que circula sobre son temas nutricionales requieren atención urgente, pero son un capítulo aparte.Es fundamental realizar un esfuerzo significativo en la concientización sobre el bienestar animal y la necesidad de respetar y protegerlos a todos. La implementación efectiva de la ley, junto con la promoción de valores que fomenten el respeto hacia los animales, son esenciales para lograr un cambio profundo y duradero en nuestra sociedad.
16 de agosto de 2024 a las 17:02 #9427Rocio CamposParticipanteEn los Estados Unidos tienen una ley similar a la de Argentina.
https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/32385/1/LC_Bienestar_Animal_2.pdf
Resumen:
«En Estados Unidos de Norteamérica, la Ley Federal Sobre el Bienestar Animal (The Animal Welfare Act (AWA)), establece regulaciones para la protección de los animales utilizados para fines científicos y exhibición, incluyendo las disposiciones para el transporte de animales con fines comerciales. Esta ley no incluye la atención veterinaria de animales fuera de instituciones autorizadas; uso de animales en la educación; problemas de caza, pesca y captura; sacrificio de animales; animales en la producción agrícola; tiendas minoristas de mascotas; y lesiones por animales o infligidas a animales. Para estos últimos, existen diversas leyes estatales que hacen mención al bienestar animal de estos animales».
Soy maestra de español y siempre estoy concientizando mi amor y respeto por los animales, sobretodo con mis estudiantes. Crecí en el campo en Chile y se ven grandes diferencias en como se trata a los animales en comparación a los Estados Unidos. Veo que se les respeta más de lo que veo en otros países de Latinoamerica. Incluso, los animales salvajes en mi area tienen otra ley de protección en contra de la caza.
18 de agosto de 2024 a las 00:58 #9472Paula SchroederParticipanteLa antigüedad y la falta de actualización son algunas de las limitaciones de esta Ley, ya que no se abarcan todas las problemáticas contemporáneas en relación a la protección de los animales. Además, tiene un enfoque limitado ya que se centra principalmente en el maltrato físico y no tiene en consideración el maltrato emocional, abandono y bienestar general de los animales.
Sin embargo, define claramente aquellas prácticas físicas consideradas como maltrato, y proporciona un marco legal para la protección animal.20 de agosto de 2024 a las 17:26 #9538Belen izquierdoParticipanteEn Chile existe la ley de tenencia responsable de mascotas y otra que establece normas destinadas a respetar y proteger a los animales, sin embargo ninguna que los contemple como sujetos de derecho, develando la falta en materia legal que vele por su seguridad y respeto
20 de agosto de 2024 a las 17:32 #9539Micaela AnzoáteguiModeradorRocio, gracias por tu aporte! No sabía de esta ley. Tampoco la aplicada a animales silvestres. Me alegra mucho tu labor concientizando desde la docencia, es indispensable.
Es cierto que aún falta en América Latina mayor sensibilidad hacia los demás animales. En parte puede deberse a que las corrientes de pensamiento de ética animal contemporáneas surgen (en general) en el ámbito anglosajón y no en iberoamérica. La tradición española también por lo general es limitada en el trato a los demás animales: defienden el tradicionalismo (corridas de toros y muchos otros eventos «festivos» que incluyen maltrato animal) o aún defienden la idea del animal máquina, que surge inicialmente en médicos y filósofos de España en la modernidad, y luego llega a Descartes.
Pero creo que de a poco está cambiando en AL, y un ejemplo de esto son los activos los, la creación de nuevas leyes, cursos como el presente y su gran repercusión (cupo completo). Y, en verdad, que cada un@ de ustedes este aquí, siguen formándose, y activando en sus lugares de trabajo, estudio, residencia. 🫂❤️❤️❤️❤️❤️20 de agosto de 2024 a las 17:35 #9542Micaela AnzoáteguiModeradorHola Belen, esto que mencionas en tu país es importante. Marca que aún hay avances por hacer, y si bien cierta normativa existe al no comprenderlos como sujetos de derecho, hay limitaciones.
20 de agosto de 2024 a las 17:40 #9545Micaela AnzoáteguiModeradorPablo, excelente respuesta! Así es, tal como lo desarrollas.
Gracias por haber compartido el acceso a la ley.
Si bien es importante que la ley contempla el maltrato animal, y por tanto, el animal sería entendido como «víctima» y por tanto «sujeto de derecho», quedan fuera de contemplación muchos casos. Sea por producción alimentaria, entre otras, o «tradicionalismo».
Nos seguimos leyendo, gracias por tu detallado aporte.20 de agosto de 2024 a las 17:45 #9546Micaela AnzoáteguiModeradorPaula, excelente respuesta. Me interesó mucho que detectarse esto: por falta de actualización (es una ley de mediados del s. XX) solo contempla el daño o maltrato físico. Quedan afuera los aspectos emocionales, de bienestar general y el abandono, que son problemáticas acuciantes. Hablaremos de esos temas en la clase 3, donde aparece el animal entendido de manera actual, aquí en esta ley se lo comprende solo como ente físico capaz de sufrir en términos físicos.
💗20 de agosto de 2024 a las 17:54 #9547Micaela AnzoáteguiModeradorRosa, exactamente. La ley no abarca aquellos espacios donde aparecen de forma sistemática, o estructural, maltrato que si sería penalizado en caso de otros animales. Tal como indicas, en producción, en entretenimiento, etc.
Esto es importante ya que hasta hace unos 25 años en Argentina existían circos con animales silvestres (elefantes, monos, tigres, entre otros.). Posteriormente a causa de las asociaciones protectoras de animales pioneras, se logró limitar o suspender su uso.
Hoy en Argentina se impulsa, mediante un proyecto de ley y una campaña activista, terminar con los espectáculos de fauna marina silvestre en cautiverio, que son «circos acuáticos». Pueden seguir el caso buscando sobre las prácticas de Mundo Marino y Aquarium, y el proyecto «Ley de prohibición de espectáculos con fauna silvestre marina en cautiverio», conocida como «Ley Kshamenk» (nombre de la orca cautiva en Mundo Marino).21 de agosto de 2024 a las 23:26 #9613Pamela Pérez SotoParticipanteHola! En Chile, desde el 2009 existe la ley 20380 donde se establece la protección y respeto a los animales como seres vivos, sensibles y parte de la naturaleza, que merecen trato adecuado sin sufrimiento innecesario.
Cabe mencionar que previo a esto, solo había una regulación mas bien sancionadora, que mencionaba como debía responder el dueno que tenia animales bajo sus cuidados y sanciones frente a maltrato o crueldad (siendo los animales clasificados jurídicamente como cosas).
Con la nueva ley los principales aspectos que se estipulan son educación sobre protección animal, transporte, acondicionamiento de lugares de espectaculos o exhibición de animales, experimentos con animales vivos, beneficio y sacrificio de animales, junto con sus respectivas infracciones, sanciones y procedimientos. Se hace incapié en la necesidad de la educación para el respeto y protección animal.
Posteriormente (2017), salio la ley 21020 de tenencia responsable de mascotas y animales de compania, donde se determinan las obligaciones y derechos de los responsables de animales, se vela por proteger la salud y el bienestar animal, tambien asi proteger la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía y regular la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.
Se ha avanzado mucho respecto a la materia , si bien falta (dado que aun los animales no son visto como sujetos de derechos, cuestión que estaba dentro de la propuesta para nueva constitución) y tambien falta, en que el estado desarrolle mejores estrategias para implementar las medidas, sobre todo las que tienen que ver con la comunidad, infraestructura, recursos, etc.- Esta respuesta fue modificada hace 3 meses, 2 semanas por Pamela Pérez Soto.
23 de agosto de 2024 a las 19:47 #9705Micaela AnzoáteguiModeradorPamela, gracias 🫂❤️ por tomarte el tiempo de explicar en detalle el caso de la legislación en Chile. Yo no conocía en detalle esta normativa.
Tal como indicas, aún falta compromiso del Estado para su plena implementación o todavía falta reconocimiento de los animales como sujetos de derecho en un sentido más estricto. Aún así, es valioso que exista un marco jurídico, aunque sea mínimo, porque desde ese reconocimiento se puede avanzar hacia fallos novedosos que luego repercutan en nuevos casos. O, bien, que se instale socialmente que tanto el ambiente como los animales deben tener algún tipo de régimen de protección en función de «protegerlos de nosotros» es decir, que alli hay un bien a proteger.
Desde estás leyes iniciales se puede luego avanzar a otras reformulaciones más responsables y respetuosas.
Gracias por tu gran aporte 💌26 de agosto de 2024 a las 11:24 #9973Natalí CriolloParticipanteLa nueva Ley de Bienestar Animal en España, que entró en vigor el 29 de septiembre de 2023, introduce una serie de medidas significativas para proteger a los animales, tanto domésticos como silvestres. Esta ley se centra principalmente en animales domésticos comunes como perros y gatos, dejando fuera a otros animales que también requieren protección, como los utilizados en la industria ganadera o los que no son considerados tradicionalmente como mascotas. La ley prohíbe la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de mascotas, no se han incluido otras especies, lo que podría llevar a la perpetuación de problemas en la cría y comercio de otros animales. Uno de los puntos más controvertidos de esta ley es que excluye expresamente las corridas de toros y otros festejos taurinos, que continúan siendo legales. En fin, intento ser positiva con esta ley, creo que es un avance importante, pero aún queda un largo trabajo por delante.
29 de agosto de 2024 a las 01:07 #10108Edna Rocio Cubillos AvendañoParticipantea)Leer atentamente la ley ¿Cuál es su innovación y sus límites?
Respuesta: La ley de Argentina y su innovación es que irá a prisión quien infligiere malos tratos a los animales o cometa actos de crueldad hacia ellxs, no le brinde agua y comida, apoye la vivisección, les brinde drogas que los puedan afectar, castiguen a los animales con jornadas extensas en el caso de las yeguas o caballos, apoyen la experimentación en animales. Me parece una ley innovadora para ser de los años 50¨S ya que en esa época supongo que muy pocas personas se interesaban por los animales. Igual la pena castigatoria a las personas que cometan actos de crueldad hacia los animales se me hace muy poca, de 15 días a un año…pero para ser de los años cincuenta como dije, fueron leyes innovadoras en Argentina.
b)Para quienes no son de Argentina: Rastrear la primera ley de sus propios países que incluya alguna forma de protección animal y compartir una breve síntesis.
Respuesta: En Colombia la primera ley o norma de maltrato animal fue la Ley 5 de 1972, donde se crean juntas protectoras de animales en todo el país, casi siempre dependía de las personas que querían proteger a los animales, más no de los alcaldes, ya que ellxs «obedecían» a la ciudadana para establecer esas leyes, pues le daban prioridad a el medio ambiente más no a los animales domésticos ni existían sanciones por maltrato animal en general. Ya en el año de 1989 sí se establece una ley de protección animal, la ley 84 de 1989 que contempla protección contra el dolor de los animales por las personas pero no considera a los animales como seres que sienten. Luego se realizan modificaciones en la constitución de 1991 quedando en impunidad las conductas de maltrato animal, ya siendo en el año 2016 se sanciona la ley 1774 que elevó la categoría de los animales a seres sintientes y considera el maltrato animal como delito.
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